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Auxilios

Los auxilios se encuentran reglamentados y tienen unos requisitos específicos.

Podrán acceder a ellos los asociados que lleven más de 12 meses de afiliación y se encuentren al día en sus obligaciones con FESER, para el auxilio de jubilación, deberá llevar como mínimo 5 años continuos de afiliado.

Auxilio por calamidad domestica

Cubre al Asociado y a su grupo familiar básico, por eventos que afecten en forma grave sus ingresos y nivel mínimo de bienestar familiar, siempre y cuando éstos no estén en capacidad de asumir dichas situaciones y no posean seguros u otras protecciones que los amparen


Auxilio por jubilación laboral

Cubre al Asociado que haya adquirido este derecho por su tiempo laboral.

Auxilio odontológico

Únicamente para el asociado, para sufragar gastos de tratamientos odontológicos, que no sean cubiertos por el POS, previa certificación de la entidad competente


Auxilio oftalmológico

Únicamente para el asociado, para sufragar gastos por prescripción de
uso de lentes, de acuerdo con el grado del problema visual.

Para mayor información se puede comunicar al 3330706 ext 101 o al 3127424966